miércoles, 22 de octubre de 2014

SENTENCIA QUE INDICA LO QUE TIENE QUE HACER EL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA CONTRA EL BOTELLON (Joaquín Herrera del Rey 2008)

Se condena a indemnización de 24.000 euros al ayuntamiento de Sevilla por botellón


Esta sentencia es anterior a la Ley de Potestades Administrativas (Ley 7/2006 de Potestades Administrataivas en espacios Abiertos de Andalucía -ley del botellón-).
y desde el 2006 hay que añadirla.

En ella se habla de decibelios, daños morales, daños en la salud, vulneración de intimidad familiar etc.. Indica cómo tiene y debe actuar el ayuntamiento y dice que NADIE TIENE LA OBLIGACION DE SOPORTAR GENTE GRITANDO EN SU PUERTA.

Puede servir de guía para denuncias.




sentencia botellón Sevilla Joaquín Herrera, 2008.doc by SevillaSinRuidosYa

No hay comentarios:

Publicar un comentario