jueves, 24 de octubre de 2013

Acordaros de que nuestra ordenaza nos quiere imponer unos ruidos bastante más superiores a los que reclama esta vecina

Una vecina pelea por obligar a los pubs a acatar la norma estatal sobre ruido, más restrictiva

Apela al principio de jerarquía normativa para exigir que el nivel máximo permitido en una vivienda sea 25 decibelios, como señala la ley, y no los 30 de la ordenanza municipal 

24.10.13 - 00:07 -
E. M. L. | ALICANTE.

Los vecinos del Centro de Alicante han pasado de las quejas por el ruido que deben soportar a la acción para lograr que estas molestias se reduzcan. A iniciativas como la de la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional de reclamar que este área se declare zona acústicamente saturada (ZAS), como el Casco Antiguo, se suman otras particulares que buscan el beneficio común de los vecinos.
Es el caso de una residente en la zona en la que se ha puesto de moda el 'tardeo', es decir, la costumbre de salir de copas los sábados por la tarde. Esta vecina, harta de soportar elevados niveles de ruido en su vivienda y reclamar varias mediciones acústicas al Ayuntamiento ha decidido emprender una lucha para reclamar una normativa contra el ruido más restrictiva.
Su guerra se basa en la existencia de una normativa superior a la ordenanza municipal que se aplica en Alicante, que es más restrictiva en cuanto a los niveles de ruido permitidos.
Se trata del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. Una ley estatal que establece un máximo de contaminación acústica para los dormitorios de las viviendas situadas junto a locales de ocio en 25 decibelios (dB) por la noche y 35 por el día y la tarde, mientras que en el resto de estancias de la casa es de 30 dB por la noche y 40 el resto de la jornada.
Sin embargo, la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica establece niveles más altos de permisividad.
Así, el máximo en locales residenciales es de 30 dB en zonas habitables (excepto cocina), incluido el dormitorio, por la noche, y 40dB por la noche. En los pasillos, aseos y cocina se permite 35dB por la noche y 45 de día, y en las zonas comunes, 40 dB por la noche y 50 por el día.
Y la Ordenanza Municipal sobre Protección contra Ruidos y Vibraciones establece en su artículo 29 que «el nivel de ruido en el interior de las viviendas, transmitido a ellas por impacto de alguna actividad, con excepción de los originados por el tráfico y obras de carácter diurno, no superará los 35dB entre las 8.00 y las 22.00 horas, y los 30dB, entre las 22.00 y las 8.00 horas».
Ante esta situación, la vecina considera que debe aplicarse el principio de jerarquización de las normativas, por el que prima la norma de rango superior en caso de conflicto. En este caso, primaría el Real Decreto estatal sobre la ley autonómica y la norma administrativa local.
Por eso ha reclamado en un escrito a la Concejalía de Urbanismo que el Ayuntamiento «adapte su normativa sobre ruido a la ley estatal existente al respecto» y que establezca máximos de contaminación acústica en las viviendas afectadas por los ruidos que generan los locales de ocio de 25 dB, en vez de los 30dB actuales.
La diferencia no parece exagerada, pero esta vecina sabe que es determinante en muchos casos ya que a esos niveles 5 dB pueden suponer la diferencia entre descansar o no. En su caso particular, de hecho, las últimas mediciones realizadas por la Policía Local han determinado la existencia de un nivel de ruido nocturno de 28,6 dB. Si se aplicase la normativa estatal, podría exigir una sanción para el local que genera esta contaminación acústica, pero con la ordenanza local en la mano, no hay multa.
La afectada no se ha limitado a dirigirse a la administración local, sino que se ha puesto en contacto también con el Ministerio de Medio Ambiente, donde le han dado la razón sobre la supremacía de la ley estatal, y con la Conselleria de Medio Ambiente, de la que espera respuesta.

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